20.06.2013 00:09 (GMT -3)

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Seguridad - 11 de julio

Aprueban en protocolo de actuación en aeropuertos ante personas con discapacidad

La Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA) aprobó, por disposición publicada hoy en el Boletín Oficial, el "Protocolo General de Actuación Ante Personas con Discapacidad Nº 1", que será de aplicación obligatoria para todo el personal policial de las terminales aéreas.

La Policía de Seguridad  Aeroportuaria (PSA) aprobó, por Disposición 752/2012 publicada hoy en el Boletín Oficial, el "Protocolo General de Actuación Ante Personas con Discapacidad Nº 1", que será de aplicación obligatoria  para todo el personal policial de las terminales aéreas.

Entre las pautas específicas de actuación el protocolo  establece que "las personas con discapacidad física que tenga un  dispositivo de asistencia para viajar en forma independiente no será sometida a un proceso de inspección especial si al pasar por  la inspección no activa el sistema de seguridad".

En el caso de personas que no puedan pasar por sus propios medios a través del pórtico detector de metales, "deberán efectuarse controles manuales y registros utilizando la paleta  detectora de metales".

Para proceder a la revisión de personas con discapacidad  visual "los agentes deberán dirigirse a ellas por su nombre o tocar  suavemente su brazo a los efectos de llamar su atención".

Antes de proceder al registro "se deberá informar previamente  cuáles son los controles que se realizarán sobre su cuerpo,  indicando claramente que un oficial de la PSA procederá a realizar  un registro manual desde arriba hacia abajo".

En igual sentido, cuando por cuestiones de seguridad se deba efectuar otro tipo de control como atravesar marcos detectores de  metales, Sentinel II o Body Scanner "se deberá informar en forma  clara y detallada cuáles son los controles a los que será sometido".

Para proceder al registro de personas con discapacidad  auditiva "no se llevarán a cabo procedimientos especiales" pero de ser posible, "el oficial podrá dirigirse a los acompañantes para que le comunique los controles de seguridad que se ejercerán sobre  su persona".

También se establecen lineamientos de actuación ante personas  con presunto padecimiento mental que generen situaciones de riesgo  cierto e inminente para sí o para terceros.

En estos casos "se deberá dar aviso e intervención inmediata  al centro de salud primario de la aeroestación o zona según  corresponda, toda vez que estos casos deben ser abordados por  profesionales idóneos con capacidad científica para responder ante  las situaciones planteadas".

La Policía de Seguridad Aeroportuaria había suscripto el 17 de enero de 2011 con el Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo un acta por la que se acordó la redacción del protocolo sobre el trato que debe dispensarse a las personas con discapacidad en circunstancias en  las que deba atenderse alguna situación particular.

La disposición lleva la firma del titular de la  Policía de Seguridad  Aeroportuaria, Salvador J. Postiglioni.

(Ver en archivo adjunto "Protocolo General de Actuación Ante Personas con Discapacidad Nº 1")

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