26.05.2013 00:52 (GMT -3)

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Interior - 11 de junio

Establecen nuevo cuadro tarifario para la obtención del DNI

El Ministerio de Interior y Transporte, a través de la Dirección Nacional del Registro Nacional de las Personas (Renaper) estableció nuevos niveles tarifarios para el otorgamiento de documentos, certificados, testimonios, rectificaciones, reproducciones y actualizaciones, entre otros trámites.

La Dirección Nacional del Registro Nacional de las Personas (Renaper) aprobó, por Resolución 1447/2012 publicada hoy en el Boletín Oficial   los nuevos niveles tarifarios para el otorgamiento de documentos, certificados, testimonios, rectificaciones, reproducciones y actualizaciones, entre otros

La resolución establece, entre otras tarifas, la suma de $35 para el otorgamiento de DNI (menor y mayor de 16 años);  actualizaciones (5, 8, 16 años y posteriores); rectificación de datos (menor y mayor de 16 años); canje de libretas de Enrolamiento o Cívicas por DNI; otros ejemplares de DNI (menor y mayor de 16 años); y cambios de domicilios.

En cuanto a los ciudadanos extranjeros, las personas  provenientes de Estados Partes del Mercosur y Estados asociados,  con residencia temporaria o permanente deberán abonar 35 pesos.

Para ciudadanos provenientes de Estados no integrantes del Mercosur, los menores de 16 años (con residencia temporaria o  permanente) o mayores con residencia temporaria el costo del  trámite también será de 35 pesos, pero los mayores de 16 años con  residencia permanente procedente de estos países deberán abonar 40.

Las fotocopias autenticadas de constancias obrantes en el  Registro Nacional de las Personas  y/o que sea indispensable incorporar a legajos de   identificación procedente de documentación nacional o extranjera  tendrá un valor de 20 pesos.

Dictamina, que quedan exentos del pago de tasas las personas que acrediten fehacientemente de acuerdo con  las instrucciones que al respecto imparta el Renaper, "estado de  pobreza que les impida pagarlas".

Establece, además, la gratuidad de la emisión de los Documentos Nacionales de Identidad para recién nacidos y la prohíbe efectuar cambios de domicilio en los DNI existentes en formato libreta (Libretas Cívicas y Libretas de Enrolamiento aún vigentes), mediante la intervención de los mismos en forma manual o mecánica.

De esta forma, se dictaminó que  todo cambio de domicilio que efectúe un ciudadano con las libretas mencionadas anteriormente implicará la emisión de un nuevo DNI.

La resolución lleva la firma de la titular de la Dirección Nacional del Registro Nacional de las Personas, Mora Arqueta.

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